Por: Luis Alberto Triana F.
El Consejero Presidente del IETAM Juan José G. Ramos Charre, fue claro al precisar que la normatividad relativa a las atribuciones que por mandato legal le corresponde al Instituto Nacional Electoral, tanto en lo federal como en lo local, tales como la geografía electoral, el diseño y determinación de los distritos electorales y división del territorio en secciones electorales, con base en el último censo general de población y los criterios generales determinados por el Consejo General de la propia autoridad electoral nacional.
También refirió que en el periodo de 2014-2017, el INE llevó a cabo los trabajos para realizar la última distritación tanto en el ámbito federal como local, por el que se estableció la actual demarcación territorial de los distritos electorales uninominales en que se divide el Estado de Tamaulipas y sus respectivas cabeceras distritales.
Subrayó con precisión, que al INE le compete la geografía electoral, que incluye la determinación y conformación de los distritos, pero únicamente a su forma de integración y no de cantidad; es decir, el Instituto Nacional Electoral fija la conformación de los distritos, pero no delimita su número, ya que esa potestad les corresponde a las entidades federativas en el ejercicio de su libertad configurativa, siendo el caso para nuestra entidad, tal cual lo mandata la Constitución Política Local, aprobado por el Congreso del Estado, que su integración corresponde a 22 diputaciones electas según el principio de votación de Mayoría Relativa, mediante el sistema de Distritos Electorales Uninominales.
Por último, enfatizó que con esta distritación que se encuentra implementando el Instituto Nacional Electoral, persigue, entre otros propósitos que, en los subsecuentes procesos electorales, se pueda garantizar que cada curul represente, en la medida de lo posible, la misma cantidad de habitantes, con el fin de lograr que cada voto emitido tenga el mismo valor, como un proceso fundamental para la democracia, para que uno o más representantes sean electos, en el principio de una persona un voto, es decir, lograr el objetivo de “un ciudadano un voto”.