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PREGUNTELE AL CONSUL GENERAL

Alguien me comentó que me podía tramitar una visa de trabajo temporal si le pago $500 dólares. Es este el costo para tramitar una visa de trabajo?
sábado, 28 de abril de 2012
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No, no es necesario que los trabajadores paguen a sus patrones para obtener una visa de trabajo en los E.U. Es responsabilidad del empleador – no del empleado – realizar la papelería necesaria y pagar las tarifas correspondientes relacionadas con las visas de trabajo.

En esta columna nos enfocaremos en el procedimiento para solicitar una visa de trabajo temporal H-2 ya que esta es la temporada alta de estas solicitudes. Los trabajos H-2 comúnmente son trabajos de construcción, jardinería, agricultura o pesca.

Los solicitantes de visas H-2 no pueden realizar el trámite por su propia cuenta. De hecho, el proceso inicia cuando una compañía o empresa en los E.U.

acepta presentar una petición con el departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS) para así contratar a un trabajador extranjero en los E.U.

Una vez que la petición ha sido aprobada por USCIS, el empleador programará sus citas para acudir al CAS y al Consulado General para obtener su foto y huellas y acudir a una entrevista ante un oficial consular.

El patrón deberá pagar los costos de las citas y no deberá cobrarle por el trámite. Sus responsabilidades como trabajador no incluyen pagar por el trámite de su visa, pero si es muy importante que haga preguntas sobre el trabajo que realizará.

Debe saber cuánto le pagarán, cuál será su trabajo, cuánto tiempo durará la temporada y cuáles son sus derechos como trabajador en los E.U.

Para más información sobre los derechos de los trabajadores en los E.U., visite el siguiente sitio web: http://www.travel.state.gov/pdf/ReadingOrder-Spanish.pdf.

Durante la entrevista de visa, deberá demostrar al oficial consular que regresará a México cuando la visa de trabajo temporal expire. Esto es muy importante ya que de permanecer después de la fecha que la visa expiró, es una violación a las leyes de migración y puede perjudicar en un futuro sus posibilidades de obtener una visa.

Para más información sobre visas de trabajo, por favor visite nuestro sitio web: http://spanish.matamoros.usconsulate.gov/consular/cath.html.

Si usted tiene una pregunta que le gustaría que se publicara en el periódico, por favor mándela por correo electrónico a MatamorosVisas@state.gov con la referencia “Pregúntele al Cónsul General” en el titulo de su mensaje.

También, nos puede contactar por medio de nuestra página de Facebook, www.facebook.com/USCGMatamoros, o por Twitter, @USCGMatamoros. Para llenar la solicitud de visa consulte: https://ceac.state.gov/genniv o http://spanish.matamoros.usconsulate.gov/ Para programar una cita visite el sitio web: http://mexico.usvisa-info.com o llame al (868) 812 6118 o al (868) 800 3030.

 

Comentarios

  • visa de trabajo
    por ezequiel veloz, 01/06/2012 14:09
    DesaprueboApruebo
    +0

    quiero una visa de trabajo ya tengo 4 anos llendo a trabajar pero el patron ya no dio como le ago para que me den otra o con quien me puedo asesorar

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