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Tus derechos a bordo

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Al tomar el autobús para un viaje de trabajo o de vacaciones tú tienes derechos que las compañías de autotransporte deben respetar
miércoles, 11 de abril de 2012
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Al tomar el autobús para un viaje de trabajo o de vacaciones tú tienes derechos que las compañías de autotransporte deben respetar.

Conoce cuáles son para que estas vacaciones los hagas valer. Como usuario del servicio de transporte federal de pasajeros tú tienes derecho a: Recibir el servicio que ofrece el boleto de acuerdo a la clase contratada.

Llevar un máximo de 25 kilogramos de equipaje por cada boleto Recibir un comprobante que ampare a tu equipaje. Conservar en tu poder las pertenencias que se puedan llevar a bordo sin que ocasionen molestias a los pasajeros ni pongan en riesgo su seguridad.

Que se respete el precio de los boletos adquiridos con anterioridad a la fecha del viaje. Que los horarios se cumplan estrictamente, aun cuando no haya suficiente pasaje, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.

Recibir el reembolso del importe de tu boleto por un retraso que sea mayor a dos horas en el origen del recorrido. TARIFAS Los precios y horarios de las corridas y categorías deben exhibirse a la vista del consumidor.

Las tarifas de las corridas especiales tienen que estar disponibles al público. Una vez efectuada tu compra, el proveedor debe entregarte un boleto que contenga razón social, clase de servicio, origen, destino, precio, fecha de viaje y número de asiento.

DESCUENTOS Las compañías de autotransporte tienen la obligación de aplicar el 50% de descuento a los adultos mayores, el 25% y el 50% a dos maestros y ocho estudiantes respectivamente por autobús, en las corridas regulares de primera y económicos durante las vacaciones aprobadas por las Secretaría de Educación Pública (SEP).

Esos boletos con descuento se pondrán a la venta con la misma anticipación que los boletos normales. Recuerda que para hacer valer estos descuentos debes presentar credencial vigente o una constancia expedida por parte de las escuela con tu foto, sello de la institución, matrícula y razón social del centro educativo.

VIAJA SEGURO Todas las compañías de autotransporte federal de pasajeros tienen que contar con un seguro que ampare a los pasajeros en gastos médicos o indemnización por muerte en caso de accidentes.

Además debe responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje de los pasajeros, desde que abordan hasta que descienden del vehículo, siempre y cuando estos conserven su boleto y/o comprobante del equipaje.

LO QUE NO SE VALE Se podrá prohibir el abordaje a cualquier pasajero que se encuentre en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas o enervantes; o que porte explosivos, sustancias peligrosas, armas peligrosas, sin el permiso respectivo y, en general, cualquier otro elemento de que signifique un riesgo para los demás viajeros.

 

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