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Pregúntele al Cónsul

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos con mi visa láser?
sábado, 31 de marzo de 2012
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Primeramente, es importante recordar que contar con una visa no le garantiza que ingresará a los Estados Unidos. El tener una visa le permite solicitar a los oficiales de Aduana y Protección de la Frontera (CBP) en los puertos de entrada un permiso, generalmente en los puentes internacionales que unen a Mexico y los Estados Unidos.

Los oficiales de CBP tienen la autoridad de conceder o negar la entrada a los E.U. a quien sea, ya sea si la persona cuenta con una visa vigente o no. Si los oficiales de CBP le permiten ingresar con una visa de turista (ya sea una visa láser o una visa B1/B2 pegada en pasaporte) usted puede permanecer en la zona del Valle de Rio Grande en Texas (dentro de 25 millas de la frontera de E.U./México) hasta por 30 días sin solicitar un permiso especial.

Si desea viajar más allá de 25 millas de la frontera por cualquier cantidad de tiempo, o si desea permanecer en los E.U. por más de 30 días deberá solicitar un permiso I-94, conocido comúnmente como el “permiso”.

Para solicitar un permiso de este tipo al cruzar caminando o en carro, solamente necesitara presentar una visa vigente. El costo de este es de $6 dólares por persona.

Puede realizar su pago en efectivo o con tarjeta de crédito. Será entrevistado sobre el propósito de su viaje y sus lazos en México.

Los oficiales de CBP podrían solicitarle documentos tales como comprobantes de ingresos, de propiedades, empleo y familia; esta información será de gran ayuda.

Generalmente los oficiales de CBP expiden este permiso por seis meses, pero pueden también otorgárselo por el tiempo de vigencia de su visa. Por ejemplo, si su visa expirara en 4 meses, usted recibirá el permiso con vigencia solamente por ese periodo de tiempo.

Si el permiso especifica que es válido para entradas múltiples, usted podrá entrar y salir de los E.U. tantas veces lo desee durante el periodo de su validez.

Si tiene más preguntas sobre el permiso I-94, por favor visite el sitio oficial: www.cbp.gov. Si usted tiene una pregunta que le gustaría que se publicara en el periódico, por favor mándela por correo electrónico a MatamorosVisas@state.gov con la referencia “Pregúntele al Cónsul General” en el título de su mensaje.

También, nos puede contactar por medio de nuestra página de Facebook, www.facebook.com/USCGMatamoros, o por Twitter, @USCGMatamoros. Para llenar la solicitud de visa consulte: https://ceac.state.gov/genniv o http://spanish.matamoros.usconsulate.gov/ Para programar una cita visite el sitio web: http://mexico.usvisa-info.com o llame al (868) 812 6118 o al (868) 800 3030.

 

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